REALIDADES SOBRE LA TITULARIZACIÓN
El proceso de titularización es un mecanismo de financiamiento que transforma activos o bienes, actuales o futuros, en valores negociables en el Mercado de Valores, para que quien lo haga pueda obtener financiamiento en condiciones competitivas, con una reducción de sus costos financieros.
¿QUÉ ES LA TITULARIZACIÓN?
Titularización es el proceso por el cual, activos o derechos presentes o futuros generadores de flujos de caja, son agrupados para ser cedidos a un patrimonio autónomo administrado por una compañía titularizadora o su equivalente; para la emisión de valores de titularización de oferta pública.
Se debe entender que la titularización constituye un proceso de transformación de activos y flujos futuros de propiedad de una persona natural o jurídica, que por su naturaleza, generalmente no pueden ser transados públicamente en el Mercado de Valores directamente.
Sin embargo, mediante un proceso de titularización, estos activos o flujos futuros, son separados de la entidad y trasladados a un patrimonio autónomo creado dentro de un proceso de titularización, para que sea éste con la participación de una Sociedad de Titularización, o su equivalente, emita valores transables en el Mercado de Valores, con cargo a los activos o flujos futuros que se le han transferido.
Es decir, la titularización consiste en la realización de una metamorfosis legal y financiera, que hace que los activos y flujos futuros originales, sirvan de respaldo para una emisión de valores públicos. Así se logra que los activos y flujos futuros no transables, se transformen en el respaldo y fuente de pago para valores de titularización transables.
Ese patrimonio autónomo, generalmente no tiene personería jurídica, es de propósito exclusivo, independiente y separado, tanto jurídica como contablemente del patrimonio de la persona jurídica que lo administra, de cualquier otro patrimonio que esté bajo su administración, de quien lo constituye y del patrimonio de cualquier otra persona que pudiera tener interés en la operación.
Bajo este mecanismo es posible que activos y bienes que no son de oferta pública, sean convertidos en valores de oferta pública con una importante reducción de riesgo.
¿CUÁLES SON LAS GENERALIDADES Y ASPECTOS IMPORTANTES
QUE DEBEMOS SABER SOBRE LA TITULARIZACIÓN?
La titularización es un mecanismo más de finan-ciamiento; no sustituye a lo que tradicionalmente existe, sin embargo tiene cualidades importantes: el emisor es al final un patrimonio autónomo, que en el caso de Guatemala puede ser el fideicomiso. La emisión se hace con una estructura que permite la creación de nuevos valores de oferta pública con riesgos reducidos, por lo tanto mayor precio (valor).
Adicionalmente, la titularización es una fuente de financiamiento por el activo de cualquier institución. Es decir, se transfieren activos a un patrimonio autónomo para la realización de la emisión de valores de titularización. En este sentido, el rol de emisor es trasladado al patrimonio autónomo y la entidad se financia netamente por el activo. Los valores de titularización no son deuda para la institución que transfirió los activos, ni se emiten con cargo al patrimonio de la misma.
Es así que la titularización llega a complementar las diferentes formas de financiamiento que tienen normalmente las entidades, pues se pueden ahora financiar por el pasivo (adquiriendo créditos, emitiendo bonos, letras, pagarés, etc.), por el patrimonio (emitiendo acciones) o por el activo (mediante procesos de titularización).
Otro aspecto importante es que la titularización es un mecanismo de financiamiento que consiste en transformar activos o bienes, actuales o futuros, en valores negociables en el Mercado de Valores, para que quien titularice pueda obtener financiamiento en condiciones competitivas de mercado, con la consecuente reducción de sus costos financieros.
¿QUIÉNES INTERVIENEN EN EL PROCESO DE TITULARIZACIÓN?
Puede haber pequeñas variaciones de país en país, pero en todo proceso de titularización participan: el originador, la sociedad de titularización, la administradora de bienes o activos, el patrimonio autónomo, la entidad calificadora de riesgo, los inversionistas, el colocador, el estructurador, y el representante común de tenedores de valores de titularización.
¿QUÉ BIENES O ACTIVOS SON SUJETOS A TITULARIZACIÓN?
La titularización es muy flexible y por eso diríamos que de manera enunciativa y no limitativa, podrán constituirse en activo subyacente y estructurarse procesos de titularización a partir de:
1. Activos existentes generadores de flujos de caja determinables, tales como:
a) Bienes inmuebles
b) Activos de proyectos inmobiliarios
c) Cuentas por cobrar
d) Instrumentos financieros y títulos valores locales o extranjeros de cualquier tipo
e) Cartera de créditos de cualquier tipo
f) Contratos de derecho de compra de activos generadores de flujo de caja
g) Documentos de crédito
h) Otros activos o derechos generadores de flujos de caja registrados como activos en el balance del originador o de la compañía titularizadora
2. Flujos de pago y derechos sobre flujos futuros determinables a ser generados por:
a) Contratos de arrendamiento
b) Contratos de factoring
c) Contratos de venta de activos y servicios a otorgarse en el futuro
d) Cuentas por cobrar futuras a generarse por ventas de activos o servicios
e) Derechos sobre flujos futuros provenientes de ventas de activos o servicios
f) Derechos actuales y futuros generadores de flujos de caja
g) Proyectos de construcción
h) Proyectos inmobiliarios
Lo importante es que todo activo subyacente debe ser matemáticamente determinable y estadísticamente medible y calculable con base a periodos históricos y/o proyecciones debidamente sustentadas.
¿QUÉ MECANISMOS DEBE IMPLEMENTAR EL FIDEICOMISO
DE INVERSIÓN FONDO HIPOTECARIO PARA LA VIVIENDA (FHV)
DEL BCIE PARA IMPULSAR LA TITULARIZACIÓN EN GUATEMALA?
La implementación del mecanismo correcto requiere de varios análisis que se están realizando en la actualidad. Al ser este un proceso inicial que marcará el paso para la titularización no sólo en Guatemala, sino también a nivel regional, hace que este proceso sea impecable y cumpliendo altos estándares legales, contables y financieros establecidos a nivel de los acuerdos de Basilea, la IOSCO y las NIIF.